Finiquito: cómo se calcula y qué debe incluir

Guía JobChamp · Actualizado el 17 de julio de 2026

El finiquito es el documento y el pago con el que tu empresa liquida lo que te debe cuando termina tu contrato, sea cual sea el motivo. Incluye el salario pendiente, la parte proporcional de tus pagas extra y las vacaciones que no hayas disfrutado. No es lo mismo que la indemnización por despido, que solo corresponde en determinados tipos de extinción. Aquí tienes cómo se calcula, un ejemplo con cifras reales, cómo firmarlo con seguridad y qué hacer si tu empresa no te paga.

El finiquito, la liquidación que te corresponde siempre

El artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a entregarte, junto con la comunicación de la baja o el preaviso de extinción, una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas, es decir, el finiquito. Esto ocurre siempre, sea cual sea la causa de que tu contrato termine: baja voluntaria, fin de contrato temporal, despido, jubilación o mutuo acuerdo. El finiquito no depende de que el motivo de la extinción te dé derecho a indemnización.

Tienes derecho, además, a pedir que un representante legal de los trabajadores esté presente en el momento de firmar el recibo del finiquito. Si la empresa te lo impide, puedes hacerlo constar por escrito en el propio recibo.

Qué incluye el finiquito

El finiquito no es un concepto único, sino la suma de varias partidas que ya has generado con tu trabajo hasta el último día. Las tres más habituales son estas.

Salario pendiente

Es el sueldo de los días trabajados en el último mes que todavía no has cobrado. Si tu contrato termina a mitad de mes, se calcula de forma proporcional a los días trabajados sobre tu salario mensual.

Vacaciones no disfrutadas

Según el artículo 38.1 del Estatuto de los Trabajadores, tienes derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año, que no se pueden sustituir por dinero mientras el contrato está vigente. Pero si el contrato termina y te quedan días sin disfrutar, esos días sí se compensan económicamente en el finiquito, tanto si te vas de forma voluntaria como si te despiden.

Pagas extraordinarias prorrateadas

El artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores reconoce como mínimo dos pagas extraordinarias al año, salvo que tu convenio o tu contrato establezcan que ya vienen prorrateadas en las 12 mensualidades. Si no están prorrateadas mes a mes, el finiquito debe incluir la parte proporcional de la paga extra que estabas generando desde el último pago hasta tu último día de trabajo.

Si tu nómina ya incluye las pagas extra prorrateadas cada mes (habitual con "14 pagas repartidas en 12"), no debes sumarlas otra vez en el finiquito: ya las has cobrado mes a mes. Y recuerda: el finiquito, por sí solo, nunca incluye una indemnización por despido salvo que el tipo de extinción de tu contrato la genere.

Finiquito vs. indemnización: no es lo mismo

Es el error más habitual y también el que más dinero cuesta si no lo entiendes bien. El finiquito liquida conceptos que ya has ganado con tu trabajo (salario, vacaciones, pagas extra) y se paga siempre, sin excepción, también si eres tú quien decide irse. La indemnización, en cambio, compensa la pérdida del empleo y solo existe si el tipo de extinción de tu contrato la genera.

Si te vas por baja voluntaria o termina tu periodo de prueba, normalmente no hay indemnización, solo finiquito. Si te despiden por causas objetivas, la ley reconoce 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades. Y si un juzgado declara tu despido improcedente y la empresa opta por no readmitirte, la indemnización sube a 33 días de salario por año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores a un año, con un tope de 24 mensualidades, según el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores. Puedes ver el cálculo completo, con ejemplos, en nuestra guía sobre indemnización por despido improcedente.

Ejemplo de cálculo del finiquito

Vamos a calcular un finiquito real. Imagina que ganas 1.500 € brutos al mes, con dos pagas extra de una mensualidad cada una (no prorrateadas mes a mes), y que dejas tu empleo el 20 de octubre por baja voluntaria. Te quedan 6 días naturales de vacaciones sin disfrutar y la paga extra de Navidad se devenga, en tu convenio, entre el 1 de julio y el 31 de diciembre (184 días naturales).

ConceptoCálculoImporte
Salario pendiente (20 días de octubre)1.500 € ÷ 30 días = 50 €/día × 20 días1.000,00 €
Parte proporcional paga extra de Navidad1.500 € × (112 días trabajados ÷ 184 días del periodo)913,04 €
Vacaciones no disfrutadas (6 días naturales)50 €/día × 6 días300,00 €
Total finiquito (bruto)2.213,04 €
Este importe es bruto: la empresa aplicará las retenciones de IRPF y Seguridad Social que correspondan antes de ingresarte la cantidad neta. Si en tu caso hubiera además indemnización (por ejemplo, un despido objetivo), esa cantidad se calcula aparte y se suele detallar en una línea distinta del mismo documento.
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Si no tienes claro cuántos días de vacaciones te correspondían este año o cómo se calculan cuando no has trabajado el año completo, nuestra guía sobre cuántos días de vacaciones te corresponden lo explica con detalle. La app de JobChamp cubre actualmente el derecho laboral alemán.

Firmar "no conforme": por qué es tan importante

Cuando firmas el finiquito, en principio estás reconociendo que has recibido el documento y, si es el caso, el dinero que en él figura. Eso no significa automáticamente que estés de acuerdo con el cálculo. Si las cifras no te cuadran, o simplemente quieres tener margen para revisarlas con calma, puedes firmar añadiendo a mano "recibido, no conforme" junto a la fecha, antes de tu firma.

Esa anotación no bloquea el cobro del finiquito ni retrasa el pago. Lo que hace es dejar constancia de que no renuncias a reclamar después las cantidades que consideres mal calculadas. Si el documento incluye frases como "recibido en este acto" y todavía no has cobrado el dinero, no firmes esa parte tal cual: añade también "pendiente de cobro" para que quede claro qué has recibido de verdad y qué no.

Plazos: cuándo debe pagarte la empresa el finiquito

El Estatuto de los Trabajadores no fija un número de días concreto para pagar el finiquito, pero la referencia es clara: el pago debe coincidir con la fecha de extinción de tu contrato. Si la empresa te paga por transferencia, un margen técnico de dos o tres días adicionales suele considerarse razonable; un retraso mayor y sin justificación ya no lo es.

Si el pago se retrasa, el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores reconoce un interés de demora del 10 % anual sobre las cantidades que se te deben. Y si quieres reclamar, el artículo 59 del mismo Estatuto marca un plazo general de un año desde que terminó tu contrato para hacerlo. Enviar un burofax de reclamación o presentar una papeleta de conciliación interrumpe ese plazo y vuelve a contar desde cero.

Qué hacer si no te pagan el finiquito

Si ha pasado la fecha de extinción de tu contrato y no has cobrado, o el importe no coincide con lo que calculas que te corresponde, estos son los pasos habituales.

  1. Reclama por escrito, idealmente con un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo, detallando las cantidades que reclamas.
  2. Presenta una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu comunidad autónoma; es un paso previo obligatorio antes de acudir a los tribunales en la mayoría de reclamaciones laborales.
  3. Si la conciliación no llega a un acuerdo, puedes presentar una demanda de reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social, siempre dentro del plazo de un año.
  4. Si sospechas que hay irregularidades más amplias (por ejemplo, pagos en negro o cotizaciones incorrectas), puedes trasladarlo también a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Tu sindicato o un abogado laboralista pueden acompañarte en cualquiera de estos pasos, y en muchos casos revisan el cálculo del finiquito sin coste antes de que decidas si merece la pena reclamar.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el finiquito y cuándo tengo derecho a él?

Es el documento y el pago con el que la empresa liquida lo que te debe al terminar tu contrato, sea cual sea el motivo. Tienes derecho a él siempre, según el artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué incluye exactamente el finiquito?

Normalmente el salario pendiente, la parte proporcional de las pagas extra y la compensación por vacaciones no disfrutadas. No incluye indemnización, salvo que el tipo de extinción la genere.

¿Es lo mismo el finiquito que la indemnización por despido?

No. El finiquito se paga siempre; la indemnización solo en determinados tipos de extinción, como el despido objetivo o el despido improcedente.

¿Qué significa firmar el finiquito "no conforme"?

Que recibes el documento o el dinero, pero no estás de acuerdo con el cálculo. No te impide cobrar ni renuncia a tu derecho a reclamar después.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el finiquito si no me lo pagan?

Un año desde la fecha de extinción de tu contrato, según el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores. Un burofax o una conciliación interrumpen ese plazo.

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Este artículo es información general y no sustituye el asesoramiento jurídico para tu caso concreto. Para conflictos concretos, tu sindicato, el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC), un abogado laboralista o la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pueden ayudarte.